Por Rosmerys De León
En los últimos casos, el Ministerio Público ha dejado fuera a varios acusados después de llegar a acuerdos con ellos.
Varias de las personas que el Ministerio Público ha llevado a la Justicia durante estos últimos dos años se han librado de tener que continuar en el proceso, tras llegar a un acuerdo con los fiscales.
También ha pasado con otros que eran investigados y que no fueron sometidos por colaborar con información y hasta devolver bienes.
Esto ha pasado en los casos de corrupción Pulpo, Coral y Medusa. El más reciente favorecido con un criterio de oportunidad es Domingo Santiago Muñoz, a quien el Ministerio Público señala como testaferro de Alexis Medina, acusado de crear un entramado para desviar miles de millones de pesos del Estado.
El pasado viernes, Santiago Muñoz quedó aliviado tras llegar un acuerdo con la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) que fue presentado ante el juez Deiby Peguero, que lo autorizó y con esto se extinguió la acción penal en su contra. El acusado quedó fuera del proceso denominado Pulpo luego de entregar un inmueble en Punta Cana valorado en 47 millones de pesos. Santiago Muñoz fue sometido en diciembre del 2020.
“Cuando los imputados han colaborado eficazmente con la investigación, el Ministerio Público puede prescindir de la acción penal en contra de estos imputados”, explicó la fiscal Mirna Ortiz, coordinadora de Litigación de la Pepca.
Con la devolución del inmueble, dijo Ortiz, el imputado retornó “toda la suma que ha sustraído a través de las negociaciones dolosas que sostuvo con Alexis Medina”.
Este imputado, solo sería uno en la lista de acuerdos que dicen está “amarrando” el Ministerio Público, que manifestó tiene “las puertas abiertas” para negociar con los imputados que quieran admitir su culpabilidad.
“Todo el que esté en condición, conforme a la prueba que ha presentado el Ministerio Público, de colaborar en este caso y por el nivel en que está el proceso de asumir los hechos sobre los que se le ha acusado, el Ministerio Público tiene las puertas abiertas”, expresó hace un mes el fiscal anticorrupción Wilson Camacho. Lo mismo podría suceder con el exfuncionario Francisco Pagán, el cual se ha mantenido en la tómbola después de haber devuelto una serie de inmuebles y más de 10 millones de pesos mediante cheques.
Fue en diciembre pasado cuando se supo de la entrega que hizo el exdirector de la disuelta Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (Oisoe). Previamente, se le había variado la medida de coerción de prisión preventiva por arresto domiciliario a petición del Ministerio Público.
En el caso Coral
Otro con el que fue acordado un criterio de oportunidad es el empresario César Ramos Ovalle, que estaba como imputado en el caso Coral. Este devolvió a la Pepca más de 18 millones de pesos, además de que admitió su culpabilidad.
La acusación precisa que Ramos Ovalle cuando era suplidor del Estado, simuló contrataciones con su empresa para distraer fondos a través del falso suministro de combustible, pero devolvió la mayor parte de lo distraído a la estructura que supuestamente lideraban el mayor Adán Cáceres y el general Juan Carlos Torres Robiou.
El empresario hasta cumplió medida de coerción, sin embargo, no fue acusado formalmente en el proceso judicial y ahora figura como testigo del Ministerio Público en contra de los demás acusados en este caso, que se encuentra en fase preliminar.
En junio, el Ministerio Público presentó a la jueza Yanibet Rivas el acuerdo establecido con Ramos Ovalle.
La magistrada lo homologó en virtud de que colaboró con el Ministerio Público en el proceso de investigación, aportó elementos de pruebas y resarció el daño causado al Estado mediante la devolución del dinero.
En el caso Medusa
Otro más es Rafael Canó Sacco, exjefe de Gabinete de la Procuraduría, señalado como implicado en las alegadas maniobras del exprocurador Jean Alain Rodríguez para distraer fondos de la entidad.
De ser la mano de derecha de Rodríguez, principal acusado en el caso Medusa, y ser buscado por las autoridades, pues estaba prófugo, quedó siendo el principal testigo del Ministerio Público en este proceso.
Canó Sacco, según la acusación, recibió al menos 21 millones de pesos en efectivo originados en actos de corrupción. Lo describen como el brazo ejecutivo de la red de corrupción, después del exprocurador.
Su caso es diferente al de los antes mencionados. No fue sometido a la Justicia formalmente a pesar de que es mencionado en el expediente acusatorio como una pieza clave para la realización de las acciones ilícitas.
El exfuncionario se encuentra en España en donde fue apresado, cuando era buscado por las autoridades.
Hasta el momento, la Pepca no ha revelado la modalidad en la que aceptó no acusar al exdirector de Gabinete de la Procuraduría de soborno, lavado de activos, corrupción y las demás calificaciones jurídicas de la acusación.
La defensa del exprocurador Ejan Alan Rodríguez insiste en que Canó Sacco no puede ser exonerado de ser sometido a la Justicia y lo calificó como un “vulgar delincuente”.
“¿Por qué este premio?”, se preguntó Carlos Balcácer, abogado del exprocurador, durante una rueda de prensa realizada en agosto pasado, en la que dijo que Canó Sacco recibió 645 millones de pesos en sobornos.
Otro caso
Pasando a otro caso distinto al de corrupción, recientemente en el proceso llevado a los supuestos integrantes de la red de narcotráfico de César Emilio Peralta, alias César el Abusador, el Ministerio Público llegó a un acuerdo con la mayoría de los imputados.
En este proceso, que se encontraba en la audiencia preliminar, no se aplicó un criterio de oportunidad, sino que se acordó que los imputados se declararan culpables, devolver bienes y cumplir penas ínfimas.
Por ejemplo, Marisol Franco, pareja sentimental de César El Abusador, negoció una pena de dos años de prisión suspendida, es decir, no tiene que ir a la cárcel siempre y cuando cumpla con una serie de requisitos como lo es no usar armas de fuego.
¿Qué es un criterio de oportunidad?
El artículo 370 del Código Procesal Penal precisa que el Ministerio Público puede solicitar la aplicación de un criterio de oportunidad si el imputado colabora eficazmente con la investigación, brinda información esencial para evitar la actividad criminal, ayuda a esclarecer el hecho investigado u otros conexos o proporciona información útil para probar la participación de otros imputados. Destaca que esto se hace siempre que la acción penal de la cual se prescinde resulte considerablemente más leve que los hechos. El criterio de oportunidad tiene que ser presentado antes de cualquier requerimiento conclusivo y su aplicación debe ser autorizada por un tribunal.
Fuente: elcaribe.com.do