Por: Ramón Cruz Benzán

Santo Domingo (D.N.), República Dominicana.-La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia fue apoderada de un recurso de apelación en contra de la decisión que confirma el dictamen del archivo definitivo de la querella interpuesta en contra del presidente de la Cámara de Cuentas de la República (CCRD), Janel Andrés Ramírez Sánchez, acusado de acoso laboral y de hacer propuestas personales a dos abogadas.

El tribunal presidido por Francisco Jerez Mena, que actúa como corte de Apelación, fue apoderado del recurso por los abogados de las empleadas del departamento de Auditoría del órgano fiscalizador del Estado, Bella Massiel García Paulino y Virginia Ofelia Correa Jiménez.

La apelación es en contra de la decisión de la jueza de instrucción especial de la Suprema Corte de Justicia, Vanesa Acosta, quien como control de las investigaciones que realiza el ministerio público, confirmó el dictamen del archivo definitivo de la querella, alegando que los hechos denunciados no configuran el tipo penal de acoso sexual previsto en el artículo 333-2 del Código Penal.

La instancia fue presentada por los abogados Francisco García Rosa, José Augusto Sánchez Turbí, Omar Antonio Ferrer Jiménez, Jesús de la Rosa Gómez, Máximo Julio Correa Rodríguez, Bernardo Adán de la Cruz Pantaleón, Juan Carlos Aguasvivas García y Toribio Rosado Rodríguez.

En la instancia se pide a los jueces revocar la decisión de los procuradores adjuntos Fernando Quezada García e Isis de la Cruz.

Duarte, dictada mediante auto número 02-2023, de fecha 20 de julio del año 2023. Los abogados de las querellantes plantean a los jueces que es un hecho no controvertible que las empleadas laboraban y laboran con mucha precariedad emocional por efecto del acoso sexual al que fueron sometidas. Destacan que también es un hecho incontrovertible que el ministerio público en su dictamen de archivo no toma en cuenta el audio de algo más de 40 minutos que fue aportado como elemento de prueba por las querellantes y ni siquiera hace mención de él. Indican que también ha quedado evidenciado que a las dos objetantes se le hicieron promesas de ascenso al Comité de Compras de la CCRD por parte del presidente de esa institución y que eran constantemente constreñidas para que aceptaran las pretensiones sexuales de este.

El ministerio público 

Archivo.
El ministerio público decidió archivar el caso, bajo la premisa de que, según las informaciones y evidencias analizadas, no se configura el tipo penal de acoso sexual, establecido en el artículo 333-2 del Código Penal.

Fuente: Listín Diario