SANTO DOMINGO – Las Centrales Sindicales calificaron como desafortunada la decisión de las AFPs de cargar a la cuenta de sus afiliados la pérdida de sus ganancias bajo el argumento de una alegada apreciación del peso dominicano, afirmando que la situación es una franca violación al artículo 103 de la Ley 87-01, sobre garantía de rentabilidad mínima y sin que la Superintendencia de Pensiones haya realizado los cálculos correspondientes para determinar la legalidad de esa medida.
La Confederación Nacional de Unidad Sindical (CNUS), la Confederación Autónoma Sindical Clasista (CASC) y la Confederación Nacional de Trabajadores Dominicanos (CNTD) piden al presidente Luís Abinader, a la Superintendencia de Pensiones, al Consejo de la Seguridad Social y a las administradoras de pensiones explicar de inmediato cual es la situación que afecta a los afiliados.
La rueda de prensa fue encabezada por Rafael Abreu (Pepe) de la CNUS, Gabriel del Río de la CASC y Jacobo Ramos, de la CNTD, quien fungió como vocero.
Precisaron que en específico el artículo 103 establece lo siguiente: “Todos los afiliados al sistema previsional disfrutaran de una garantía de rentabilidad mínima real en su cuenta individual”.
Dijeron que así mismo, el artículo 104, destaca que “todas las AFP deberán mantener con carácter obligatorio una cuenta denominada garantía de rentabilidad, destinada exclusivamente a completar la rentabilidad mínima exigida por la Ley 87-01 y sus normas complementarias cuando la rentabilidad real resulte insuficiente”.
“Queda claro que hay una violación a la ley y con esto se demuestra que las AFP prefirieron no afectar sus ganancias, que de paso hay que decir, que sus porcentajes de rentabilidad son los más altos de la región, y prefirieron que fueran sus afiliados, trabajadores y empleados, los que vieran disminuir sus ahorros lo que les afecta lo acumulado para sus pensiones”, indicaron.
Los dirigentes sindicales que conforme con lo que señala el artículo 106 de la actual Ley 87-01, el Estado es el Garante final del adecuado funcionamiento del sistema previsional, de su desarrollo, evaluación y readecuación periódicas, así como del otorgamiento de las pensiones a todos los afiliados.
Además, que tienen la responsabilidad inalienable de adoptar todas las previsiones y acciones que establece la Ley 87-01. Por consiguiente, será responsable ante la sociedad dominicana de cualquier falla, incumplimiento y previsión en que incurra cualquiera de las instituciones pública, privada o mixta que lo integran.
Es así como Estado está obligado en última instancia, a resarcir adecuadamente a los afiliados por cualquier daño que una falta de supervisión, control y monitoreo pudiese ocasionarle.
Aun cuando el Estado, por ley, es el garante final y el obligado a resarcir a los afiliados por ese daño, lo que demandan más de 4.5 millones de afiliados a las AFP es que se les dé una real información y sobre lo ocurrido y no que se quiera justificar una medida injusta y abusiva.
Medidas como estas son las alertas que cada vez más justifican la necesidad de dotar al país de una nueva ley de seguridad social, en la que el afiliado sea la figura de primer orden y no el dinero, la rentabilidad y las ganancias que obtienen organismos que la componen como ocurre en la actualidad.
Fuente: Externa