Por: Abed-nego Paulino
Santo Domingo (D.N.), República Dominicana.- La Cámara de Diputados aprobó de urgencia este jueves y en segunda lectura el proyecto de ley que crea la Zona Especial de Desarrollo Integral Fronterizo y un régimen de incentivos, que abarca las provincias Pedernales, Independencia, Elías Pina, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco.
La pieza contiene las reglas para el otorgamiento de un componente de incentivos a las empresas que se instalen dentro del territorio que comprende la zona especial y la fijación del plazo de vigencia.
Dicha ley fue una propuesta del diputado Darío Zapata tras un consenso entre el presidente Luis Abinader, Congreso Nacional, instituciones del Gobierno Central y otros sectores.
Los diputados aprobaron el proyecto luego de remitirlo a una comisión que lo leyó este mañana para hacer algunas indagatorias; se remitirá al Senado de la República para luego ser promulgada por el presidente Luis Abinader.
Aplauden la iniciativa
Previo a su aprobación, diputados de distintas bancadas partidarias externaron beneplácito con la iniciativa.
Uno de los legisladores que llamó la atención en la sesión, fue el diputado fronterizo Nicolás T. López Mercado, quien tenía una gorra con la consigna “Yo Soy Ley 28-01”.
El diputado de Santiago Rodríguez explicó que usó la gorra en señal de sentirse contento con la iniciativa.
“Yo quiero pedirles a cada uno de ustedes que me permitan ponerme esta gorra, en señal de que me siento tan contento conjuntamente con mi pueblo, Santiago Rodríguez, defendiendo lo que es el amor y los alimentos de un pueblo hambriento que hay bastantes necesidades en la frontera”, indicó el congresista, al tiempo de augurar con ese proyecto de ley las provincias fronterizas se van a convertir en provincias que generen empleos a los jóvenes.
El expresidente de la Cámara de Diputados Radhamés Camacho, hizo un llamado a los empresarios que se instalarán en la zona fronteriza, a que orienten sus inversiones, a vincular las actividades de sus empresas con los productos de cada uno de las regiones con el interés de la nación
“Yo no recuerdo, colegas, que se haya producido una discusión cuando se aprobó la anterior, la que estamos sustituyendo en el día de hoy, tan amplia, con tanta participación como la que estamos preparándonos a aprobar”, dijo el congresista opositor, quien saludó a los integrantes de la comisión que creó la nueva ley.
Modificaciones de forma al nuevo proyecto de ley
Darío zapata propuso una modifican en el epígrafe del artículo 11 sustituir la palabra secretario ejecutivo para que diga “secretaría ejecutiva”, que fue aprobada a unanimidad.
También Dionicio Rodríguez y Diario Zapata propusieron la modificación en el párrafo dos, en la tercera línea, para que se elimine la palabra “todo” y agregar después de la palabra nacional la expresión “internacional”, para que se lea en el territorio nacional e internacional. Fue aprobada a unanimidad.
Contenido de la pieza
La legislación contiene las reglas para el otorgamiento de un componente de incentivos a las empresas que se instalen dentro del territorio que comprende la zona especial y la fijación del plazo de vigencia.
Precisa que los productos, bienes y servicios elaborados por las empresas acogidas a esta ley podrán ser comercializados en el territorio nacional e internacional.
El artículo cuatro de la pieza establece exención de impuestos de un 100 % a las empresas industriales, agroindustriales, agropecuarias, metalmecánicas, metalúrgicas, así como todo tipo de empresas constituidas conformes a las leyes dominicanas, el disfrute de la exención de impuestos sobre las operaciones o actividades que realicen exclusivamente en las siete provincias previstas.
Entre esas exenciones destacan, el cien por ciento del pago de Impuestos sobre la Renta; cien por ciento del pago del Impuesto Selectivo al Consumo, aplicable sobre los servicios de telecomunicaciones y seguros para las instalaciones del proyecto ubicado en la Zona Especial y cien por ciento del pago de aranceles e ITBIS sobre las maquinarias y equipos objeto de importación o adquirida en el mercado local, según corresponda, requeridos para la instalación y puesta en operación de la empresa.
También se exonera el cien por ciento del ITBIS para la adquisición e importación de insumos y materia prima utilizada en la producción de bienes exentos de ITBIS conformes a la legislación tributaria vigente; cincuenta por ciento del ITBIS para la adquisición e importación de insumos y materia prima utilizados en la producción de bienes no exentos del ITBIS conformes a la legislación tributaria vigente; cien por ciento del pago del arancel para la importación de insumos y materias prima utilizados para la producción de bienes, solo cuando las mismas no se produzcan en el país, entre otros.
Dichas exenciones no podrán extenderse a las instalaciones fuera del territorio de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo de las empresas clasificadas.
El artículo cinco da un plazo de vigencia de los incentivos de 30 años, a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, para el disfrute del componente de los incentivos que se otorga a las empresas clasificadas.
Consejo de Coordinación
La presente ley contempla la creación del Consejo de Coordinación de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo (CCZEDF), el cual es “adscrito a la Presidencia de la República”.
Dicho órgano estará integrado por el presidente del Consejo, designado por el Presidente de la República, con voto calificado; el ministro de Industria, Comercio y Mipymes, o su representante; el ministro de Hacienda o su representante; el ministro de Economía, Planificación y Desarrollo o su representante; y el ministro de Agricultura o su representante.
Asimismo, el director ejecutivo del Centro de Exportación e Inversión de la República Dominicana (CEI-RD) o su representante; el secretario ejecutivo del Consejo con voz pero sin voto, designado por el Poder Ejecutivo y un representante de cada una de las provincias que integran la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo, con voz, pero sin voto.
Los miembros del Consejo serán escogidos en consenso, cada cuatro años, por los alcaldes de los municipios de las siete provincias fronterizas y un regidor diferente al partido político del alcalde, elegido por el Consejo de Regidores de cada municipio de los que integran la provincia y por un representante de la Cámara de Comercio y Producción de cada provincia.
Parte de las funciones del Consejo es conocer, examinar y dar su aprobación a los proyectos que se propongan para ser instalados en la zona, después de verificar que cumplan con los requerimientos establecidos para la protección del medio ambiente y los reglamentos operacionales de la región; viabilizar a las empresas instaladas en la zona especial las facilidades y exenciones otorgadas por la presente ley, entre otras funciones.
Cabe resaltar que el Consejo de Coordinación se reunirá válidamente con la presencia de la mitad más uno de sus miembros, y sus decisiones se adoptarán con mayoría absoluta en forma de resolución, y en caso de haber un empate, el presidente del Consejo tendrá un voto de calidad.
Sanciones
El artículo 18 de la nueva ley prevé castigar las “faltas muy graves” en contra de la misma, cuya sanción conlleva la revocación o pérdida de la clasificación de empresa de la zona especial.
El proyecto de Ley contempla sanción cuando la empresa recurra al engaño, ocultamiento deliberado o acción dolosa para obtener los incentivos establecidos en dicha ley o que desviare engañosamente el uso para el cual se le hubiesen concedido las exenciones, sin perjuicio de las sanciones previstas en otras leyes.
Igualmente habrá sanción cuando la empresa incumpla las obligaciones y requisitos contenidos en la resolución de clasificación; cuando la empresa, por causa imputable, no diera inicio a las operaciones en el término señalado en la resolución de clasificación; que la empresa comercialice mercancías fruto de un hecho ilícito; que la empresa importe mercancías que pongan en peligro el medio ambiente, la salud humana o animal y la seguridad del Estado, entre otras sanciones.
El artículo 21 de la legislación, advierte que a partir de la promulgación de la ley, las empresas que tengan más de dos años de haberle sido otorgados los permisos y clasificaciones, y que aún el Consejo de Coordinación no tenga constancia de haberse instalado o estar operando formalmente, quedarán cancelados.
Resultado del proyecto de ley.
La nueva ley que crea la Zona Especial de Desarrollo Integral Fronterizo y un régimen de incentivos es resultado de un acuerdo mediante consenso que logró el presidente Luis Abinader y sectores involucrados, para que se prolonguen los beneficios que se establecieron mediante la Ley 28-01, que venció el primero de febrero.
El consenso de seis horas, se llevó a cabo el pasado sábado en el Palacio Nacional, luego de varios de enfrentamientos verbales entre senadores y diputados por desacuerdos en sus modificaciones, sumado a esto, los reclamos de sectores sociales que pedían se mantengan los incentivos fiscales a las empresas de la frontera.
Fuente: El Caribe