Amalie Rosario
Afirma patrimonio separado del gobierno central despolitizará Central Termoeléctrica
El contrato de Fideicomiso Público de Punta Catalina (Fideicomiso CTPC) contempla transferir de forma irrevocable, por el plazo de duración del mismo, que es de 30 años, los bienes y derechos de esa central termoeléctrica a la Fiduciaria Banreservas, una empresa del Grupo Reservas. liderado por el Banco de Reservas de la República Dominicana.
La duración del fideicomiso será contada a partir de la fecha de suscripción del contrato y transcurrido ese plazo y cumplidas las condiciones establecidas en el mismo, se extinguirá y se reintegrará el patrimonio fideicomitido al Estado dominicano, salvo prórroga expresa del Fideicomitente o el Estado, según el artículo 5 del Decreto No. 538-21.
El fideicomiso público contará con un Comité Técnico, que fungirá como órgano auxiliar que aprobará los actos que se requieran para cumplir con el objeto y fines del fideicomiso y con una Unidad de Gerencia. Esta última será dirigida por un Director Ejecutivo para asesorar en la toma de decisiones.
Un auditor externo independiente deberá ser contratado, por instrucciones del Comité Técnico y por cuenta y orden del Fideicomiso CTPC para auditar sus operaciones; las cuales podrían abarcar financiamientos a través de acreedores garantizados como son inversionistas nacionales o internacionales, bancarios, institucionales, entidades públicas y privadas, fondos de inversión, entidades multilaterales.
También, la Fiduciaria podrá contratar, a cargo del Fideicomiso CTPC, a personas físicas o jurídicas para ejecutar obras o servicios; se podrán establecer contratos de compraventa de energía (PPA’s) con personas físicas o jurídicas debidamente autorizadas. Además, a través de licitaciones públicas la Fiduciaria, podrá contratar personas jurídicas para la operación y el mantenimiento del CTPC y supervisores técnicos independientes.
Luego de que la Cámara de Diputados aprobara el pasado 11 de enero del contrato de Fideicomiso CTPC, que fue remitido a comisión el pasado 12 de enero en el Senado, han surgido posiciones a favor y en contra sobre el mismo.
Ministro sale en defensa
Los cuestionamientos generados en torno a la aprobación en la cámara baja del contrato de fideicomiso ameritaron que el ministro de Energía y Minas, Antonio Almonte, presidente de la Comisión de Liquidación de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CLICDEEE), asegurara, a través de un comunicado, que la Central Termoeléctrica Punta Catalina seguirá siendo propiedad enteramente estatal y pública, por ende patrimonio del pueblo dominicano “en tanto y cuando el Banco de Reservas, es propiedad 100 por ciento estatal”.
Aseguró que el mismo permitirá despolitizar ese complejo energético y que el monto de la inversión hecha en la construcción de Punta Catalina será determinado e informado mediante una auditoría financiera que iniciará este mes. “En conclusión, ese número de referencia que tendrá que ser confirmado o descartado por los resultados de la auditoría… no es definitivo”, expresa. En total entre las facilidades, equipos, inmuebles y vehículos de motor de Punta Catalina se estiman una inversión de US$2,347 millones.
El funcionario también aseguró que los miembros del Comité Técnico del Fideicomiso “no fueron designados como representantes de ninguna empresa o grupo empresarial, sino como ciudadanos con alto nivel profesional y experiencia gerencial”.
El pasado 7 de junio la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), representada por Trajano Potentini, depositó ante el Tribunal Constitucional una acción directa de inconstitucionalidad contra el Decreto 342-20, a través del cual el Poder Ejecutivo declaró de alto interés nacional la liquidación de la CDEEE.
La entidad informó que hoy, a las 10 de la mañana, entregará a senadores un análisis explicativo en el que expondrían la improcedencia del contrato de fideicomiso y violaciones a la Constitución y a las leyes.
Además, la Alianza Dominicana Contra la Corrupción (Adocco), rechazó el contrato de fideicomiso por considerarlo el mayor despojo de los bienes del Estado y reclamó la realización de una auditoría para si esa obra fue o no sobrevaluada y establecer su valor real. Tanto FJT y Adocco pidieron al Senado rechazar la aprobación del referido contrato porque creen sería entregar al sector privado la administración de la Central Termoeléctrica por 30 años, lo que, su entender, violaría la Constitución, el interés público y enajenaría el patrimonio del pueblo dominicano.
El dirigente perremeista e ingeniero químico, Ramón Alburquerque, publicó en su red social de twitter que “habrá que chequear de manera permanente el Fideicomiso de Punta Catalina, cuyo contrato los legisladores prácticamente no leyeron o estudiaron someramente para que el sector privado no termine como dueño de la empresa”.
Pero el ex administrador general de Punta Catalina, Jaime Aristy Escuder, a través de un artículo publicado el jueves pasado, favoreció el contrato de fideicomiso y expresó que para él es de gran satisfacción que “se den pasos para asegurar que la obra… se gestione de forma eficiente”.
Patrimonio transferido
El párrafo I del capítulo 5.3 del contrato reza que “todos los bienes y recursos, muebles o inmuebles, presentes o futuros, que sean adquiridos por la Fiduciaria por cuenta del Fideicomiso CTPC y/o con fondos del Fideicomiso, formarán parte del Patrimonio Fideicomitido”.
Los detalles revelados por DL están contenidos en el contrato de fideicomiso, de 58 páginas, suscrito el pasado 21 de octubre. También, en el informe favorable de la comisión de Hacienda de la cámara baja, de 28 páginas.
De acuerdo al decreto No. 538-21, la decisión de constituir un fideicomiso público para la cesión de los activos y derechos que conforman la Central Termoeléctrica Punta Catalina (CTPC) fue recomendada por la Comisión de Liquidación de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CLICDEEE). Dicha comisión fue creada mediante el Decreto No. 342-20 que declara de alto interés nacional la liquidación de la CDEEE.
El artículo 8, del decreto 538-21, consigna “se instruye a todas las instituciones gubernamentales competentes… a realizar todos los trámites correspondientes para transferir los bienes y derechos afectos al Fideicomiso CTPC, en cumplimiento a las normas legales aplicables”.
Como parte del fideicomiso se contempla que el Fideicomitente o el Estado dominicano realizará aportes a la Fiduciaria Banreservas por la suma de US$1 millón y de RD$100 millones.
La cláusula 5ta. del contrato, señala que “para cumplir con el objeto y fines del Fideicomiso CTPC, el Fideicomitente transfiere y afecta de forma irrevocable, por el plazo de duración del mismo o hasta su terminación por cualquiera de las causales previstas en el presente contrato, los bienes y derechos” detallados” más adelante.
Desglosan los bienes y derechos transferidos las facilidades y equipos que componen la Central Termoeléctrica Punta Catalina, por un valor de US$2,230,537,571.18. Éstos involucran, entre otras cosas, dos unidades de generación eléctrica con una capacidad neta garantizada de 338-39 MW cada una; un muelle carbonero con una capacidad máxima de 80 mil toneladas, sistemas de descarga y almacenamiento de carbón completamente cerrados, depósito de cenizas y subestaciones eléctricas de 345 kilovoltios y de 138 kilovoltios.
Asimismo, el fideicomitente o el Estado dominicano transfiere cuatro porciones de terrenos ubicados en Baní, Peravia donde se encuentra Punta Catalina, cuyo valor asciende a US$6,991,924.09.
El contrato abarca la transferencia de vehículos de motor propiedad de la CDEEE y asignados a la CTPC por RD$166,416,258.70.
En el acápite 6, de la cláusula 5ta. señala que serán transferidos a la Fiduciaria Banreservas “todos los derechos conferidos al Estado dominicano, a través de la CDEEE por la Ley no. 394-14, incluyendo la autorización para la incursión y participación en la actividad empresarial de generación de electricidad”. Eso incluye la concesión definitiva para construir y operar obras eléctricas de generación en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI).
Asegura no ceden ni transfieren
En el acta del jueves 6 de enero de 2022 de una reunión de la Comisión Permanente de Hacienda, en la que participó el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, surgieron inquietudes de los diputados Radhamés Camacho y Rafaela (Lila) Alburquerque. El diputado Francisco Javier Paulino les aseguró que “Aquí no se está cediendo ni traspasando ninguna de las propiedades del Estado dominicano a un tercero se está quedando un fideicomiso que el 100 por ciento es propiedad del Estado Dominicano”.
Fue secundado por el presidente de la Comisión P. de Hacienda, José -Bertico- Santana, que, al referirse al comité técnico, precisó que “van a administrar Punta Catalina y ellos conjuntamente con (la Fiduciaria) Banreservas, tomarán las decisiones, harán la inversión, la propuesta de inversión, todo eso para que Punta Catalina no quede en el aire cuando desparezca la CDEEE”.
Obvian sugerencias de la Oficina Técnica Legislativa
El informe favorable de la Comisión Permanente de Hacienda de la Cámara de Diputados incluye un reporte de revisión técnica de la Oficina Técnica de Revisión Legislativa (Ofitrel), rubricado por su director, Elpidio Bautista Rosario, quien hizo una serie de recomendaciones y advertencias que fueron obviadas por los congresistas.
Entre las observaciones de la Ofitrel figura que citar los nombres de de los cinco miembros del Comité Técnico del Fideicomiso Central Termoeléctrica Punta Catalina, como órgano auxiliar del mismo, implicaría perpetuarlos en sus asignaciones, situación que por los 30 años de duración del contrato podría generar un escenario embarazoso.
El documento se refiere al Decreto No. 539-21 a través del cual fueron designados el empresario Celso José Marranzini Pérez, como presidente de ese comité técnico y a José Luis Actis, como vicepresidente y asesor del Ministerio de Hacienda, a Noel Rafael Báez Paredes, secretario y director jurídico del Ministerio de la Presidencia, al empresario John A. de Armas, y George Ángel Reinoso Núñez, ex superintendente de Electricidad y experto en energía.
“Entendemos que citar expresamente por sus nombres a los miembros del referido Comité implica perpetuarlos en sus designaciones, situación que por la duración del contrato generaría un escenario embarazoso, ya que la vigencia del instrumento en cuestión supera más de siete mandatos constitucionales de la presidencia de la República”, señala la Ofitrel.
En ese sentido, manifiesta que los miembros del referido comité, ninguno exoficio, deben estar sujeto a renovación o ratificación del presidente de la República y que la decisión más apropiada era que su designación fuera posterior a la aprobación congresual del contrato de fideicomiso.
Sobre el Comité Técnico recomienda que los comisionados inviten a la Fundación Justicia y Transparencia (FJT) para que los edifique sobre el alcance y fundación de una acción de inconstitucionalidad en contra del decreto 539-21 del pasado 3 de septiembre de 2021.
A la Ofitrel le llama la atención, también, que mientras a personas físicas o representantes de personas jurídicas de derecho público o privado, no se les impediría el criterio de expresar su voz en reuniones a las que sean invitados por parte del Comité Técnico, a la Fiduciaria Banreservas se le impide expresar su criterio, lo que entiende resultaría irrazonable.